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Normativa que nos es de aplicación

Somos una organización independiente de los poderes públicos y de cualquier otra institución o grupo de interés de carácter económico, político o religioso.

La Federacion de Asociaciones de Medicus Mundi en España es una asociación declarada de utilidad pública y por su forma jurídica sometida a la Ley Orgánica del Derecho de Asociaciones, así como a su propia normativa interna. Además, le son de aplicación todas las leyes y normas fiscales, mercantiles y de control que afectan a las actividades económicas que desarrolla, y las leyes y normativas correspondientes a los contratos y subvenciones públicas que percibe.

 

Normativa de subvenciones AECID

La normativa que aplica a las subvenciones de ONGD es compleja. Aplica como es lógico la normativa general sobre subvenciones públicas, así como un marco específico diseñado por la AECID para los proyectos y convenios de cooperación internacional para el desarrollo de ONGDs conformado por las Órdenes de Bases de este tipo de subvenciones.

Lo más destacable en cuanto a la normativa aplicable a convenios y proyectos de ONGD financiados por la AECID (Convocatorias desde 2012 en adelante):

La Federación de Asociaciones de medicusmundi en España, en tanto que ONGD legalmente constituida según establece la Ley 23/1998 de Cooperación Internacional para el Desarrollo, está inscrita en el Registro de Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo. El listado de las ONGD inscritas en el Registro de ONGD de la Agencia Española de acuerdo a la normativa que regular el Registro de ONGD de la Agencia Española es el Real Decreto 193/2015 de 23 de marzo.

Además está calificada por la AECID al haber superado una revisión hecha por la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo en la que se valoran más de 70 criterios cualitativos y cuantitativos relativos a la experiencia, solvencia financiera, transparencia o recursos humanos, entre otros.

La obteción de la calificación permite a la Federación de Asociaciones de medicusmundi en España recibir ayudas de mayor duración y volumen de fondos, los llamados convenios de cooperación, que son intervenciones estratégicas para la AECID y la ONGD, de una dotación superior a un millón de euros y normalmente de varios años de duración, cuyo diseño, planificación y evaluación se negocia conjuntamente entre las dos partes.

La normativa que regula la figura de ONGD calificada es la Resolución de 17 de septiembre de 2013 sobre el procedimiento de obtención, revisión y revocación de la condición de ONGD calificada.

En la medida que la organización dispone de cooperantes, profesionales contratados que trabajan en un país en desarrollo, tanto en el ámbito del desarrollo como de la ayuda humanitaria, está sujeta al Estatuto del Cooperante y su normativa de desarrollo.

Normativa de las asociaciones

La Federación medicusmundi está constituida por asociaciones que tienen su sede social en diferentes comunidades autónomas, de ahí que a las asociaciones también les sea de aplicación la siguiente normativa.

medicusmundi Norte

En Asturias

En Cantabria

  • Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.
  • Ley de Cantabria 4/2007, de 4 de abril, de Cooperación Internacional al Desarrollo de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
  • Decreto 85/2008 del 11 de septiembre de 2008 por el que se regula el registro de Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo.
  • Decreto 28/2008, de 19 de marzo de 2008 por el que se regula la composición, organización y funcionamiento del Consejo Cántabro de Cooperación Internacional al Desarrollo.
  • Decreto 29/2008, de 19 de marzo de 2008 por el que se regula la composición funcionamiento de la Comisión de Coordinación de la Política de Cooperación Internacional al Desarrollo.

medicusmundi Gipuzkoa

  • Decreto 57/2007, de 3 de abril, por el que se regulan las ayudas a proyectos con cargo al Fondo para la Cooperación al Desarrollo y su modificación. Comunidad Autónoma del País Vasco.
  • Decreto 31/2008, de 19 de febrero, por el que se regulan las ayudas a acciones humanitarias con cargo a la cooperación para el desarrollo. Comunidad Autónoma del País Vasco.
  • Decreto 390/2013, de 23 de julio, de modificación del Decreto por el que se regulan las ayudas a proyectos con cargo al Fondo de Cooperación al Desarrollo). Comunidad Autónoma del País Vasco.

medicusmundi Navarra-Aragón-Madrid

medicusmundi Sur

ANDALUCIA

CASTILLA LA MANCHA

EXTREMADURA

MURCIA

medicusmundi Mediterrània

En Cataluña

En la Comunidad Valenciana

En Islas Baleares

Otra normativa que nos es de aplicación

También le son de aplicación todas las leyes y normas fiscales, mercantiles y de control que afectan a las actividades económicas que desarrolla, además de las leyes y normativas correspondientes a los contratos y subvenciones públicas que percibe.

  • Ley 37/1992 de Impuesto sobre el Valor Añadido.
  • Real Decreto 1740/2003, de 19 de diciembre, sobre procedimientos relativos a asociaciones de utilidad pública.
  • Ley 28/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico.
  • Real Decreto de 22 de agosto de 1885 por el que se publica el Código de Comercio.
  • Real Decreto 1270/2003, de 10 de octubre, para la aplicación del régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.
  • Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo y modificaciones en los artículos 19, 20 y en la Disposición Transitoria Quinta de la Ley 49/2002 de Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo, introducidas por la Disposición Final Quinta de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, de Impuesto de Sociedades.
  • Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto de Sociedades.
  • Real Decreto 634/2015, de 10 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades.
  • Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestso sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio.
  • Real Decreto 1491/2011, de 24 de octubre, por el que se aprueban las normas de adaptación del Plan General de Contabilidad a las entidades sin fines lucrativos y el modelo de plan de actuación de las entidades sin fines lucrativos.
  • Real Decreto 1515/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad de Pequeñas y Medianas Empresas y los criterios contables específicos para microempresas.
  • Real Decreto 1491/2011, de 24 de octubre, por el que se aprueban las normas de adaptación del Plan General de Contabilidad a las enteidades sin fines lucrativos y el modelo de plan de actuación de las entidades sin fines lucrativos.
  • Resolución de 26 de marzo de 2013, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se aprueba el Plan de Contabilidad de pequeñas y medianas entidades sin fines lucrativos.
  • Acuerdo de 20 de noviembre de 2003, del Consejo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, por el que se aprueba el Código de conducta de entidades sin ánimo de lucro para la realización de inversiones temporales, en cumplimiento de la Disposición Adicional Tercera de la Ley 44/2002, de 22 de noviembre, de Medidas de Reforma del Sistema Financiero.
  • Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
  • Real Decreto 994/1999, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de medidas de seguridad de los ficheros automatizados que contengan datos de carácter personal.
  • Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.
  • Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención de blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo y su Real Decreto 304/2014, de 5 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley.
  • Ley 19/2013, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
  • Ley 7/2012, de 29 de octubre, de modificación de la normativa tributaria y presupuestaria y de adecuación de la normativa financiera para la intensificación de las actuaciones en la prevención y lucha contra el fraude.
  • Real Decreto 1558/2012, de 15 de noviembre, por el que se adaptan las normas de desarrollo de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, a la normativa comunitaria e internacional en materia de asistencia mutua, se establecen obligaciones de información sobre bienes y derechos situados en el extranjero, y se modifica el reglamento de procedimientos amistosos en materia de imposición directa, aprobado por Real Decreto 1794/2008, de 3 de noviembre.